Para la próxima Junta Nacional Ampliada del CNP:
Creáse la Organización No Gubernamental, sin ánimo de lucro,
Fundación Observatorio Nacional de Radiodifusión como entidad autónoma del Colegio Nacional de Periodistas, adscrita al Tribunal de Ética; establecimiento de régimen y naturaleza privados, con patrimonio, estatuto y organización propios.
Su junta directiva será el Tribunal de Ética y su director general será un afiliado al CNP que reúna los requisitos académicos, de experiencia, éticos, técnicos y científicos pertinentes y competentes para el cargo y la gestión, por dos años prorrogables cuantas veces se requiera, nominado por el Tribunal de Ética y ratificado por la Junta Nacional del CNP y deberá rendirle informe al Tribunal de Ética anualmente y a la Asamblea del CNP cada dos años en evento cuando no se elija Junta Directiva Nacional del CNP.
Misión: Realizar inventario, monitoreo, interpretación y recomendaciones a los contenidos emitidos por el sistema de radio colombiana, tanto privada como pública y comunitaria o de interés público, abierta y electrónica, en materia de mercado, lenguaje, ética y cumplimiento de las normas que rigen el sistema en el país, en defensa del oyente y promoviendo la mejor calidad de la radio, la locución, el periodismo radial, la publicidad y la cultura musical. Tendrá sus propias medios y estrategias de difusión de sus investigaciones.
La Fundación podrá recibir aportes, contratar y hacer convenios con el Estado, sus entidades territorialses y descentralizadas, empresas privadas y universidades para hacer estudios y invesgaciones sobre el comportamiento radial y del receptor en cualquier lugar del país y en el exterior, lo mismo que contratar la emisión de publicidad radial y estrategias periodísticas en el medio radial.
Su sede principal será la del director, y tendrá centros regionales o subdirecciones de proyectos donde se contraten investigaciones pertinentes a la naturaleza del Observatorio. Los subdirectores tendrán las mismas calidades y procedimientos de escogencia del director, en el orden seccional.
La Fundación realizará anualmente mediante reconocimiento, nominaciones y concurso el Premio Nacional de Radio en las siguientes categorías:
Vida y obra de un locutor.
Vida y obra de un periodista radial.
Mejor trabajo periodístico en radio.
Tema musical del año.
Mejor publicidad radial.
Mejor emisora comunitaria o de interés público.
Mejor programa radial.
Mejor noticiero.
Por la consecución de todo contrato, el agente gestor del CNP tendrá un porcentaje del 20% liquidados los impuestos y descuentos de ley, el 10% será para la seccional correspondiente y otro porcentaje igual corresponderá a la Junta Nacional con destino a los gastos del Tribunal de Ética. El 60% corresponderá a la inversión y gastos de funcionamiento y operaciones propios del Observatorio.
Firmado:
Carlos Ramos Maldonado
Vicepresidente nacional CNP